ANDREA SCOZZAROAbogado de extranjeríaLeer las reseñas en Google |
El abogado Andrea Scozzaro ofrece asistencia jurídica en materia de inmigración y derecho penal, así como asesoramiento y formación para solicitantes de asilo y centros de acogida.
Desde el año 2014 trabaja en su despacho de Turín en el campo de derecho de extranjería y específicamente en procedimientos relativos al reconocimiento de la protección internacional (estatuto de refugiado o asilo político, protección subsidiaria y protección humanitaria), recurso contra orden de expulsión, renovación o expedición de permiso de residencia y visado de entrada, solicitud de ciudadanía italiana, reagrupación familiar y adopción de adultos.
Desde 2018 también trabaja en el campo de derecho de extranjería español, en su bufete de abogados en Valencia.
Andrea Scozzaro estudió en la Universidad de Örebro (Suecia) y en la Universidad de Vigo (Espana) y se ha licenciado en derecho en 2012 en la Universita del Piemonte Orientale de Alessandria. Después de un postgrado en derecho, economía y finanzas, en 2014 comenzó a trabajar como practicante abogado. Actualmente es abogado en el campo de la inmigración y del derecho penal. Desde el año 2014, ha participado en las actividades de la Human Rights and Migration Law Clinic – organizada por International University College of Turin, Universita di Torino, Universita del Piemonte Orientale – particularmente en la redacción de informes sobre la jurisprudencia de casos de inmigración en Turín, Nápoles y Bolonia. Con una sólida formación en filosofía del derecho, también escribe y publica artículos sobre derecho internacional y justicia social.
Carla L. Landri., Andrea Scozzaro, Ulrich Stege, Maurizio Veglio, Ricerca sui provvedimenti in materia di espulsione e trattenimento emessi dal giudice di pace di Torino: anno 2015, Diritto, DIRITTO, IMMIGRAZIONE E CITTADINANZA 2 (2017);
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Giulia Fabini, Andrea Scozzaro, Ricerca sui provvedimenti di convalida dell'accompagnamento immediato alla frontiera, delle misure alternative al trattenimento e delle misure associate alla partenza volontaria emessi dal giudice di pace di Bologna: anno 2015, DIRITTO, IMMIGRAZIONE E CITTADINANZA 2 (2017);
Federica Boggio, Rosalba Botta, Anastasia Franco, Carla Lucia Landri, Cristina Pidello, Andrea Scozzaro, Osservatorio sulla giurisprudenza del Giudice di Pace in materia di immigrazione: Ufficio del Giudice di Pace di Napoli, LEXLIUM (2014), www.lexilium.it/pubblicazioni/;
Andrea Scozzaro, Labour Standards in International Law: All States Should Have an
Obligation to Punish Misconducts of Multinational Enterprises Under International
Customary Law, CUNY LAW REVIEW FOOTNOTE FORUM 19, 2 (2016), www.cunylawreview.org/.
El derecho de asilo tiene en España fundamento constitucional en el artículo 13 de la Constitución, que establece en el párrafo 4: "La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España".
El derecho de asilo también se contempla en el artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales, incorporada con carácter jurídico vinculante por el Tratado de la Unión Europea (TUE), mientras el artículo 3 de dicho TUE indica que "La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, en el que esté garantizada la libre circulación de personas, conjuntamente con medidas apropiadas en materia de control de fronteras exteriores, de asilo, inmigración".
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Finalizada a atraer a Europa personal trabajador altamente cualificado y incentivar su movilidad a nivel comunitario, la tarjeta azul UE es una autorización de residencia temporal y trabajo que puede obtener un trabajador extranjero que reside fuera de España para desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, con un mínimo de 5 años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable.
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La libre circulación de ciudadanos y de trabajadores en la Unión Europea es uno de los principales éxitos alcanzados por la Unión misma a partir de su fundación.
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El artículo 4, párr. 1, D. Lgs.286/1998 disciplina el ingreso del extranjero extracomunitario en el territorio del estado italiano. La posibilidad de hacer dicho ingreso está subordinada a la expedición de un visado (en forma de sello o adhesivo sobre el pasaporte) entregado por las autoridades diplomáticas italianas en el país de origen o de residencia estable del extranjero.
Hay diferentes tipos de visados que corresponden al motivo de la entrada del extranjero en Italia (por ejemplo motivos familiares, de turismo, estudio, trabajo dependiente, etc.). Por la expedición de cada tipo de visado hay requisitos diferentes establecidos por ley, con la necesidad de una evaluación caso por caso.
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El derecho de asilo político tiene en Italia fundamento constitucional en el artículo 10 de la Constitución, que establece en el párrafo 3: "El extranjero al que se impida su país en el ejercicio efectivo de las libertades democráticas garantizadas por la Constitución italiana tiene el derecho de asilo en la República, según las condiciones establecidas por la ley".
Estas "condiciones" se especifican en el D. Lgs. 251/2007 (aplicación de la Directiva CE 2004/83, "Directiva de calificación") y 25/2008 (aplicación de la Directiva CE 2005/85, "Directiva de procedimientos”) que establece la protección internacional, dividida en reconocimiento del estatuto de refugiado y de la protección subsidiaria.
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desp.: Turín (Italia) y Valencia (España)
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